Arriendo
Contrato de arriendo comercial
Un local, oficina o bodega necesita un contrato distinto al de vivienda. Aquí importan el destino comercial, la administración, los servicios, las adecuaciones, la garantía y las reglas de terminación. Un contrato claro protege la inversión del arrendatario y el inmueble del arrendador.
Este generador crea un contrato de arrendamiento comercial con los datos esenciales del local, el canon, la administración, la duración, la garantía y las cláusulas adicionales.
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Completa los datos del local y las condiciones del negocio. Revisa el destino comercial y las cláusulas de adecuaciones.
Arriendo comercial vs. arriendo de vivienda
El arriendo comercial no se rige por la Ley 820 de 2003, que está pensada para vivienda urbana. En lo comercial aplican, entre otras, las reglas del Código de Comercio y el Código Civil, además de lo que las partes pacten.
Por eso el contrato debe ser más específico en estos puntos:
- Destino exacto del local y actividades permitidas.
- Horarios, ruido, olores, residuos y normas del edificio.
- Adecuaciones, permisos y quién asume el costo.
- Administración, servicios y reparaciones locativas.
- Garantía, terminación anticipada y entrega del local.
Cláusulas clave para un local comercial
Destino y permisos
Describe el uso permitido: cafetería, oficina, peluquería, consultorio, bodega. Si el negocio necesita permisos especiales, deja claro quién los tramita y qué pasa si no se aprueban.
Adecuaciones
Define si el arrendatario puede modificar el local, con qué autorización y quién paga las obras. Al terminar, decide si las mejoras se quedan o se retiran.
Canon, administración e IVA
Separa el canon de la administración y de los servicios. Si el arrendador es responsable de IVA, indícalo expresamente. No mezcles conceptos en un solo valor sin explicación.
Terminación
Pacta preavisos, penalidades y qué pasa con el depósito. En comercio, una terminación anticipada puede afectar inventarios y empleados; por eso conviene prever plazos razonables.
Garantía y depósito en arriendo comercial
En locales comerciales es común pedir depósito, póliza o codeudor. El depósito puede ser de varios meses, pero debe estar justificado y escrito. Revisa:
- Valor exacto y moneda.
- Si se puede aplicar a cánones, servicios o daños.
- Cuándo y cómo se devuelve.
- Qué pasa si hay terminación anticipada.
Si usas póliza, revisa las exclusiones y el tiempo de respuesta de la aseguradora. Si usas codeudor, asegúrate de que entienda la responsabilidad solidaria.
Errores frecuentes
- No verificar que el local tenga permiso de uso del suelo para la actividad.
- No definir quién paga adecuaciones, vitrinas, avisos o instalaciones.
- No revisar el estado de la administración y las cuotas pendientes.
- No pactar qué pasa si el negocio no obtiene licencias.
- Firmar sin inventario de equipos, medidores y llaves.
Preguntas frecuentes
¿La Ley 820 aplica a un local comercial?
No. La Ley 820 regula vivienda urbana. Para locales comerciales aplican el Código de Comercio, el Código Civil y lo pactado en el contrato. Por eso es importante revisar la normativa comercial y el uso del suelo.
¿Puedo cobrar IVA en el arriendo comercial?
Depende de la condición tributaria del arrendador y del tipo de inmueble. Consulta a un contador antes de incluir IVA. Si aplica, debe quedar discriminado en el contrato y en la factura.
¿Cuánto depósito se puede pedir?
No hay un límite legal único para locales comerciales. Lo importante es que sea razonable, esté pactado por escrito y tenga reglas claras de devolución. Evita depósitos desproporcionados que ahuyenten buenos arrendatarios.
¿Qué pasa si el arrendatario quiere cerrar el negocio antes?
Debe revisarse la cláusula de terminación anticipada: preaviso, penalidad y depósito. Si no está previsto, las partes deben negociar o acudir a la ley aplicable.